Fabrica de calzado en Perú.

Con el objetivo de proteger la industria local y evitar maniobras de dumping, el Indecopi decidió mantener vigentes estas sobretasas. A principios de año, Colombia había tomado una medida similar imponiendo una carga a las importaciones del 35%. Con estas normas, el país asegura una competencia justa para la producción nacional.

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) a través de la Sala Especializada en Defensa de la Competencia (SDC) confirmó que mantendrán los derechos de importación sobre todas las variedades de calzado (salvo sandalias) cuya parte superior sea de caucho o plástico y cuero natural proveniente de China.

En su resolución 025-2023/SDC-Indecopi, la Sala manifestó que existen elementos suficientes para pensar que continúan las maniobras de dumping que perjudican a la industria nacional. El organismo sostiene que el calzado chino compite en los mismos segmentos que la producción local y extiende los derechos de importación para mitigar las distorsiones que provocan estas importaciones.

La misma Sala, en la resolución Resolución N° 293-2021/CDB-Indecopi, también dictaminó la imposición de derechos antidumping definitivos sobre importaciones de cierres de cremallera y sus partes, originarios de la República Popular China.

A comienzos de año, Colombia tomó una decisión similar imponiendo un arancel del 35% para la importación de calzado chino. Esta medida del gobierno colombiano estará vigente, en caso de no existir una nueva prórroga, hasta el 31 de diciembre de 2025.
————————————–
Gestión / CueroAmérica

———————————————–
Para comunicarse con CueroAmérica: contacto@cueroamerica.com