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Finalmente la Comisión Europea dio luz verde para que el cuero vacuno sea eliminado del listado de productos incluidos en el Reglamento Europeo de Productos Básicos (EUDR), que se refiere a materias primas que para generarlas se puede haber incurrido en deforestación. Antes de quedar oficialmente en firme la medida aún tiene pasar por algunos trámites, que deberá enfrentar en los próximos meses.

La C.E. aceptó el argumento de que “dada la diferenciación de la cadena de suministro de cuero respecto a la de la carne, las asimetrías en los flujos comerciales entre la carne y las pieles, así como el valor económico relativamente bajo de las pieles bovinas en comparación con la carne dentro de la producción global, los operadores económicos de la Unión tienen una capacidad limitada para solicitar a sus proveedores la información necesaria para cumplir con el Reglamento (UE) 2023/1115”.

Manuel Rios, presidente de COTANCE.

Se dice también que el Reglamento (UE) 2023/1115, al no extenderse a la importación de productos de cuero acabados, distorsionaría el mercado mundial de materiales sin mitigar ningún riesgo -si lo hubiera-. Por estas razones, el acto delegado de la Comisión Europea excluye las pieles bovinas del Reglamento (UE) 2023/1115 contra la deforestación, que entrará en vigor, tras dos aplazamientos, en 2027.

Tras la votación del Parlamento Europeo el pasado noviembre, Bruselas se comprometió a incorporar las solicitudes de simplificación de los sectores de la Comunidad Europea y de los socios y partes interesadas globales en el proceso de revisión del Reglamento.

La Comisión eliminó la piel bovina en todas las fases de procesamiento del Anexo I del Reglamento, concluyendo que este material no es un factor determinante de la deforestación, como afirman los operadores del sector y como han verificado investigadores consultados. Se concluye que las curtidurías no pueden activar los mecanismos económicos necesarios para influir en la industria de la carne roja, que es el objetivo de la cría y sacrificio de los animales.

Para que la exclusión sea definitiva, la Comisión debe esperar primero a una consulta pública de 30 días. Posteriormente, el Consejo y el Parlamento Europeo disponen de 60 días para aprobar el acto delegado o solicitar su revisión íntegra.
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La Conceria / CueroAmérica

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