Alberto Sellaro, presidente de la C.I.C.

La Cámara de la Industria del Calzado de Argentina, CIC, rechazó la medida tomada por las autoridades nacionales de eliminar el control aduanero de los productos del calzado que ingresan al país. Esta disconformidad esta basada en que la que la falta de control dejará abierta la posibilidad de la llegada al mercado de artículos a precios de dumping, situación que en otros épocas produjo una competencia desleal y resultados nefastos en la industria argentina. Además, se da la posibilidad de que ingresen productos con una composición peligrosa para la salud de los usuarios, violando las normas exigidas por las autoridades sanitarias de la Argentina.

La reciente publicación de la Resolución 159/2024 de la Secretaria de Industria y Comercio del Ministerio de Economía, el gobierno de Javier Milei eliminó el control aduanero del etiquetado de calzado y textiles. Es decir, el estado no requerirá el trámite preliminar al despacho y el control aduanero asociado al etiquetado de los productos textiles, confecciones, de calzado y de productos afines que ingresan al país

Inspección de Aduana.

La industria del calzado solicitó a las autoridades el urgente restablecimiento del control aduanero del etiquetado de calzado en las importaciones a consumo que cursan por canal rojo de verificación. Considera que la suspensión de la verificación en aduana beneficia a aquellas importaciones que, aprovechando el vacío de control, ingresan sin etiqueta, con errores, con declaraciones falsas en el origen o en los materiales.

La CIC opina que “la decisión de poner el acento en la fiscalización ex post, a cargo de la Subsecretaria de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, supone un mayor esfuerzo y número de inspectores que puedan controlar miles de puestos de comercialización en el mercado interno, a diferencia de realizar la verificación en un mismo lugar físico”.

Además de contener datos fundamentales de la composición del producto, el etiquetado de calzado identifica datos del importador y origen.
Dicha información respaldatoria se encuentra en los despachos de importación y no necesariamente es conocida por el minorista, una vez que se despacha a plaza.

En tal sentido, entendemos la necesidad de reestablecer con urgencia el control aduanero del etiquetado de calzado en las importaciones a consumo que cursan por canal rojo de verificación

Desde el 7 de febrero de 2019 se encuentra vigente la Resolución 465/2018 que establece el Reglamento Técnico de Etiquetado de Calzado y da continuidad con algunas modificaciones a la Resolución 508/1999, que ya establecía el etiquetado obligatorio de calzado nacional e importado en forma previa a su comercialización. De este modo, se controló el correcto etiquetado de calzado mediante inspecciones realizadas por los verificadores de Aduana en destinaciones con canal rojo asignado, antes de liberar la mercadería a plaza.
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