Argentina aplica sus normas de etiquetado para todo el calzado que ingrese al país
El Gobierno de Argentina anunció que el sábado 10 de abril entró en vigencia la medida que obliga a las empresas que importen cualquier tipo de calzado a la Argentina a adaptarse a la nueva norma denominada “AR” sobre el tamaño de cada par. La información debe estar incorporada en las etiquetas de sus productos. En la misma se debe especificar el tamaño del mismo siguiendo la escala establecida por las autoridades nacionales.
“La indicación del tamaño del calzado será efectuada de acuerdo al sistema de numeración denominado ‘AR’ empleado en la República Argentina, de acuerdo a la Norma Técnica IRAM 8604. En la nueva especificación considera el largo del pie como referencia para el ajuste del calzado. Adicionalmente, se podrá utilizar otra numeración u otras prácticas comerciales aceptadas internacionalmente”, detalló el documento oficial.
La norma aclara que queda “prohibida la importación definitiva y la comercialización en el mercado interno de los bienes mencionados, en los casos que no cumplan” con esta característica.
Según la Resolución, firmada por la secretaria de Comercio Interior, los importadores tendrán “hasta el día 31 de julio de 2021 como plazo máximo para la adecuación” a esta nueva exigencia.
La resolución indica que “los productores y fabricantes de mercaderías, los envasadores, los que encomendaren envasar o fabricar, los fraccionadores, y los importadores, serán responsables por la veracidad de las indicaciones consignadas en las etiquetas”.
Entre los considerandos, el Gobierno señaló que “el Artículo 42 de la Constitución Nacional establece que los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos, y a una información adecuada y veraz”.
Además, recordó que la ley vigente “establece la obligación de los proveedores de suministrar” a los compradores datos “ciertos, claros y detallados, acerca de las características esenciales de los productos y servicios que comercialicen”.
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Ver normativa Argentina para el etiquetado del calzado.
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BAE / CueroAmérica
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